Fiscalidad del Scalping.

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Fiscalidad del Scalping.

Notapor pher1 » 07 Nov 2011, 18:02

Soy principiante, que hace Scalping; y deseo ser buen contribuyente de Hacienda.
… Dicho esto; expongo mi duda de forma muy sintética; para que se me entienda bien:
-Abro una operación y la cierro cuando he conseguido un beneficio X.
-Reinvierto tal beneficio en la siguiente operación y lo pierdo enteramente
¿Tengo que pagar impuesto por el beneficio perdido?
(Me temo que Hacienda examina Extracto de Cuenta del Bróker; recuenta toda operación ganadora y su respectivo beneficio, y le aplica el Impuesto… Desestima si tal beneficio se ha reinvertido en una próxima operación y se ha perdido… En fin… Sigue queriéndolo recaudar)
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Re: Fiscalidad del Scalping.

Notapor FXWizard » 08 Nov 2011, 13:26

Hola pher1, en tu IRPF debes tributar por las ganancias patrimoniales obtenidas, así que si ganas 5 y después los pierdes en principio no ha habido ganancia alguna. Asimismo recuerda que la ganancia mínima a partir de la cual debes tributar es de 1.500 €

En todo caso puedes ampliar info aquí (es para acciones pero la mecánica es la misma):

http://www.abanfin.com/?tit=acciones-co ... id=ip0acah

Saludos,
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