Declaracion de la renta... dudas

¿Tiene dudas sobre el trading con divisas? No se preocupe, FXWizard tiene todas las respuestas.

Declaracion de la renta... dudas

Notapor haiku » 21 Jun 2012, 17:22

tengo dos dudas super tontas.


en que casilla pongo lo ganado el año pasado en forex?

y si es perdida en que casilla va pa saberlo tb?


es decir... si abri una cuenta con 5000 y al final del año tengo 15.000 donde pongo los 10.000?

y si fueran perdida? por ejemplo abro con 5000 y alfinal del año he cerrado la cuenta en 500 euros. donde pongo los 4500? en que casilla? es que por mas que busco en internet es un caos.
haiku
 
Mensajes: 2
Registrado: 21 Jun 2012, 17:20
Karma: 0

Re: Declaracion de la renta... dudas

Notapor FXWizard » 22 Jun 2012, 11:09

Creo que tengo la respuesta, mira la casilla 312 - Otras ganancias patrimoniales imputables a 2011, no derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales. ;)

Saludos,
FXWizard
Avatar de Usuario
FXWizard
 
Mensajes: 8493
Registrado: 12 Feb 2008, 15:17
Karma: 35

Re: Declaracion de la renta... dudas

Notapor jeuro12 » 22 Jun 2012, 14:59

Y de verdad en Espana se tiene que declarar ganancias/perdidas por operaciones en el "spot" forex?
En casi ningun parte del mundo son declarables.

En todo lo que he leido de muchos paises, toda la legislaciones hacen referencia esplicitamente a operaciones de bolsa
pero nunca por intercambio de divisas.

Seria interesante encontrar a alguien que perdio, desconto la perdida para obtener el neto imponible.
Y se lo aceptaron sin problemas.

Existe algun Broker que reporta las ganancias de operaciones del Spot forex? Se que reportan los interes y algunas otras cosas
relacionadas con la bolsa, pero nada mas.

J.
.
forex wisdom org
jeuro12
 
Mensajes: 1010
Registrado: 09 Feb 2012, 08:49
Karma: 9

Re: Declaracion de la renta... dudas

Notapor FXWizard » 22 Jun 2012, 16:21

Hola jeuro12, no es tanto el instrumento con el que has generado la ganancia como el hecho imponible (ganancia patrimonial) que es lo que debes declarar. Por supuesto ningún broker extranjero reporta a la Hacienda española pero con la nueva normativa que empezará a aplicarse el año que viene en España me temo que habrá que andarse con ojo porque podrían empezar a buscar transferencias hacia el extranjero. No obstante, aún tienen que concretarse los términos de la nueva Ley para ver si realmente afecta a cuentas de brokers o solo bancarias.

Saludos,
FXWizard
Avatar de Usuario
FXWizard
 
Mensajes: 8493
Registrado: 12 Feb 2008, 15:17
Karma: 35

Re: Declaracion de la renta... dudas

Notapor jeuro12 » 23 Jun 2012, 00:41

Por curiosidad, he tratado de buscar el codigo tributario de Espana y nunca lo encuentro.
Cual es la definicion de "ganancia patrimonial" en el codigo Espanol?

Aqui una pregunta especifica FXWizard...... Supongamos que pongo un deposito de 10000 euros en un Broker Enero 1, 2011... el final de ano lo termino asi..
Antes de cierre de mercado compro el equivalente de 25000 euros en dolares, (vendo 0.25 eur/usd ) digamos que el precio fue de 1.2650. O sea termino con 31625 dolares, y con una deuda de 25000 euros al broker (garantizada con mi deposito). .. Tendria ganancia o perdida patrimonial al 31/12/2011? ;)

J.
.
forex wisdom org
jeuro12
 
Mensajes: 1010
Registrado: 09 Feb 2012, 08:49
Karma: 9

Re: Declaracion de la renta... dudas

Notapor haiku » 25 Jun 2012, 07:39

hasta donde se solo cuentan operaciones cerradas. y la definicion de ganancia patrimonial es simple.

si el 31 de diciembre tienes, mas dinero, propiedades o valores que el 31 de diciembre del año anterior, por algo no justificable con tu trabajo y el dinero que este te produce...(loteria herencia, bolsa etc...)has de declararlo.
haiku
 
Mensajes: 2
Registrado: 21 Jun 2012, 17:20
Karma: 0

Re: Declaracion de la renta... dudas

Notapor FXWizard » 25 Jun 2012, 13:47

Hola jeuro12, confirmo lo que señala Haiku, solo cuentan operaciones cerradas. Por tanto si abres una posicion en EURUSD antes de final de año realmente no hay nada que declarar ya que la ganancia o pérdida de esa posición no se habría materializado todavía.

De todas formas te pongo por aqui la definición oficial de ganancia o pérdida patrimonial:

En el IRPF, son ganancias y pérdidas patrimoniales las variaciones en el valor del patrimonio del contribuyente que se pongan de manifiesto con ocasión de cualquier alteración en la composición de aquél. En general, se producirán:

> Cuando los contribuyentes transmitan bienes de su patrimonio, en cuyo caso el importe de la ganancia o perdida vendrá determinado por la diferencia entre los valores de transmisión y adquisición.

> Cuando se incorporen bienes al patrimonio del contribuyente, como en el caso de la obtención de un premio, en cuyo caso la ganancia estará constituida por su valor de mercado.



Saludos,
FXWizard
Avatar de Usuario
FXWizard
 
Mensajes: 8493
Registrado: 12 Feb 2008, 15:17
Karma: 35

Re: Declaracion de la renta... dudas

Notapor jeuro12 » 25 Jun 2012, 19:27

FXWizard escribió:Hola jeuro12, confirmo lo que señala Haiku, solo cuentan operaciones cerradas. Por tanto si abres una posicion en EURUSD antes de final de año realmente no hay nada que declarar ya que la ganancia o pérdida de esa posición no se habría materializado todavía.

De todas formas te pongo por aqui la definición oficial de ganancia o pérdida patrimonial:

En el IRPF, son ganancias y pérdidas patrimoniales las variaciones en el valor del patrimonio del contribuyente que se pongan de manifiesto con ocasión de cualquier alteración en la composición de aquél. En general, se producirán:

> Cuando los contribuyentes transmitan bienes de su patrimonio, en cuyo caso el importe de la ganancia o perdida vendrá determinado por la diferencia entre los valores de transmisión y adquisición.

> Cuando se incorporen bienes al patrimonio del contribuyente, como en el caso de la obtención de un premio, en cuyo caso la ganancia estará constituida por su valor de mercado.



Saludos,
FXWizard


Aqui es dontre entran esos grandes detalles del "significado" de muchos de estos terminos.
En primer lugar, y esto lo he mencionado en otros hilos que en el spot forex que nosotros operamos "cada" operacion es final, al igual que los otros mercados financieros.
Compras ciertas unidades, ..son tuyas ..Operacion cerrada.

Comunmente, hablamos de posiciones abiertas y cerradas pero esto es aleatorio. Cada operacion que hacemos son compras y estas son finales. Lo unico que viene al caso para nosotros es como tenemos un Acuerdo contractual con un Brokers, este nos deja comprar a credito y por ese acuerdo tenemos que necesariamente liquidar cada operacion individualmente e independiente de otras operaciones para ir liquidando deuda por deuda.

En todo caso, esto pasa a ser irrelevante... con la respuesta de FXwizard hize goggle IRPF y finalmente di con el codigo tributario Espanol y lo lei brevemente...
En el codigo, no vi absolutamente nada que pudiera dar indicacion ni remotamente que las ganancias/perdidas de forex podrian ser consideras ganancias/perdidas de "Patrimonio". Simplemente, al igual que otros Paises incluyendo en donde vivo que es parte de la EU, las divisas no son consideradas "bienes patrimoniales" por cuanto su adquisicion y transmicion no podria tener un resultante de aumento o disminucion de patrimonio.

Tal como esta cotizado arriba, el impuesto al patrimonio se aplica a "variaciones" netas de los "bienes" Patrimoniales.... pero lo mas importante del codigo es que define lo que lo que son "bienes Patrimoniales" En Capitulo IV , articulos 9 al 27.

En resume..lo unico que podria decir, y sin dar consejeria tributaria, es que en la declaracion pueden poner las utilidades del forex como variacion neta patrimonial si asi lo estiman prudente... pero si quieren ser super legalistas, les digo que quizas estarian rompiendo la ley tributaria al hacerlo.... Claro, El fisco no va a rechazar un pago voluntario , pero todo el castillo se derrumbaria si deciden poner las perdidas. En ese caso, tendrian que demostrar las perdidas con documentos, y cuando traten, lo mas probable es les llegaria una carta diciendo que la perdida no aplica porque.. NO ES PROCEDENTE de Depositos en cuenta corriente o de ahorro, a la vista o a plazo (articulo 12) , NI TAMPOCO procede de negociaciones en mercados "organizados" o regulados (articulos 13, 14, 15, ) Asi de simple.... y este es el peor caso escenario...les aceptan la perdida ahora..5 o 10 anos despues... les cae una auditoria, piden los documentos.. voila.. no aplica la deducion... 20000 euros de multa + intereses y haber si no lo consideran un fraude tributario pagadero con carcel.

Todo es posible en este mundo. Pero veo muy dificil la regulacion y tributacion de ganancias/perdidas del Spot forex. Simplemente crearia un caos en los negocios internacionales. Pienso que cualquier pais que lo intente (de los cuales dejan flotar las tasas de intercambio) seria mirado como un tipo de arencel, proteccionismo o rompiminto de convenios de comercio internacional.


J.
.
forex wisdom org
jeuro12
 
Mensajes: 1010
Registrado: 09 Feb 2012, 08:49
Karma: 9

Siguiente

Volver a Pregunte a FXWizard

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 0 invitados

cron