CUENTAS PAMM

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CUENTAS PAMM

Notapor ANTUA » 29 Jun 2012, 16:38

Hola, lo primero felicitarles por este portal web, estaqba buceando en internet buscando información sobre las cuentas PAMM y me ha parecido de lo mas serio y educativo.

Lo segundo preguntar, que es a lo que vamos, he remirado sobre fiscalidad de una cuenta PAMM y no he visto exactamente como vá.

Tengo claro que las ganancias en forex son un incremento de patrimonio y como tal las declaro (así como las pérdidas) en el IRPF (España) en las casillas 340 en adelante.

Tengo claro que de una cuenta PAMM sería lo mismo, pero como no he visto ninguna físicamente me caben dudas.

El broker con el que tengas la cuenta PAMM ¿te manda información o es fácil sacar un estado de posición para tener claras las ganancias/pérdidas?

El gestor gana un tanto de tus ganancias.. ¿se restan automáticamente de tu saldo y si es así esto repercutiría de qué manera en tu declaración?

A ver si entre todos y sobre todo los que ya tienen alguna cuenta PAMM me ilustráis.

Muchísimas gracias
ANTUA
 
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Re: CUENTAS PAMM

Notapor FXWizard » 02 Jul 2012, 11:32

Lo muevo aquí, más apropiado. En relación a tu consulta, varias cuestiones:

- Las cuentas PAMM suponen un reparto de ganancias y pérdidas entre sus participantes. Por tanto cada uno de los participantes debe tributar por la parte que le corresponda.

- Si existe un gestor que trabaja la PAMM y recibe un honorario a final de mes por los rendimientos obtenidos pueden pasar dos cosas: que todo el proceso sea automatizado en cuyo caso se deduce automáticamente de tu cuenta y se puede entender que es un gasto asociado a la operativa; o que no sea así y haya que pagar manualmente al gestor en cuyo caso será más difícil probar que es un coste asociado a la operativa y por tanto habría que demostrar ante Hacienda que nuestra ganancia neta es diferente a la que aparece en la cuenta.

En todo caso, ningún broker extranjero informa a la Hacienda española por el momento así que es obligación del sujeto declarar las ganancias o pérdidas que tenga (si lo desea, claro). Eso sí, con la nueva normativa que entra en vígor en 2013 la cosa cambiará ligeramente.

Saludos,
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Re: CUENTAS PAMM

Notapor ANTUA » 03 Jul 2012, 12:34

... LIGERAMENTE? noto la ironía.:o) cambiará mucho!!!.

Pero vamos a mí me dá igual yo lo que deseo es ganar, no me importa declarar lo ganado. (eso sí tampoco veo bien que Hacienda se lleve una barbaridad, creo que un 15% como estaba hace unos años ya está mas que bien).

Si gravas exageradamente la base imponible del ahorro (donde van estas ganancias) al final consigues efectos negativos eso está más que estudiado. lo que ocurre es que ahora están caninos y no saben de donde tirar, además a la plebe parece que le mola eso de "gravar el capital"... y los políticos trabajan para agradar a la plebe, no saben que sin capital la economía no se menea. En fín.

Claro, en base a tu respuesta, ahora Hacienda cuando le declaramos ganancias o pérdidas en cuentas forex radicadas en el extranjero simplemente te cree por no liarla mucho, porque dificilmente tienen esos datos (salvo tus transferencias para ingresar o retirar dinero) de hecho voy a empezar a imprimirme estas transferencias para tener datos por si alguna vez vienen pidiendo cosas.

Por cierto, una ultima pregunta, ¿donde declaras tú las ganacias en forex? (entendiendo España/IRPF) ¿en la casilla 340 o en la 361 con la clave 5?....he leído indicaciones al respecto dando ambas por buenas
La 340 tiene "la ventaja" de que en el nombre del valor puedo poner el del broker y así identifico de donde vienen las plusvalías/minusvalías (así lo hago yo, poniendo el resultado final de todas las operaciones con ese broker), para Hacienda es mas claro porque pones el broker.
La 361, que tambien tiene sus adeptos, no tiene ningún sitio en el que poner e identificar el broker, sólo identificas mediante la clave 5 que son "otros elementos patrimoniales" y lo que has ganado o perdido. Yo no la uso, pero hay quien la vé como la buena.
Ciertamente yo llevo 3 años declarandolo en la 340 y a mí no me han dicho nada.

Gracias por la atención y un cordial saludo
ANTUA
 
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Re: CUENTAS PAMM

Notapor jeuro12 » 03 Jul 2012, 15:31

ANTUA escribió:... LIGERAMENTE? noto la ironía.:o) cambiará mucho!!!.

Pero vamos a mí me dá igual yo lo que deseo es ganar, no me importa declarar lo ganado. (eso sí tampoco veo bien que Hacienda se lleve una barbaridad, creo que un 15% como estaba hace unos años ya está mas que bien).

Si gravas exageradamente la base imponible del ahorro (donde van estas ganancias) al final consigues efectos negativos eso está más que estudiado. lo que ocurre es que ahora están caninos y no saben de donde tirar, además a la plebe parece que le mola eso de "gravar el capital"... y los políticos trabajan para agradar a la plebe, no saben que sin capital la economía no se menea. En fín.

Claro, en base a tu respuesta, ahora Hacienda cuando le declaramos ganancias o pérdidas en cuentas forex radicadas en el extranjero simplemente te cree por no liarla mucho, porque dificilmente tienen esos datos (salvo tus transferencias para ingresar o retirar dinero) de hecho voy a empezar a imprimirme estas transferencias para tener datos por si alguna vez vienen pidiendo cosas.

Por cierto, una ultima pregunta, ¿donde declaras tú las ganacias en forex? (entendiendo España/IRPF) ¿en la casilla 340 o en la 361 con la clave 5?....he leído indicaciones al respecto dando ambas por buenas
La 340 tiene "la ventaja" de que en el nombre del valor puedo poner el del broker y así identifico de donde vienen las plusvalías/minusvalías (así lo hago yo, poniendo el resultado final de todas las operaciones con ese broker), para Hacienda es mas claro porque pones el broker.
La 361, que tambien tiene sus adeptos, no tiene ningún sitio en el que poner e identificar el broker, sólo identificas mediante la clave 5 que son "otros elementos patrimoniales" y lo que has ganado o perdido. Yo no la uso, pero hay quien la vé como la buena.
Ciertamente yo llevo 3 años declarandolo en la 340 y a mí no me han dicho nada.

Gracias por la atención y un cordial saludo



Hola Antua , Saludos.
Para ir directo al grano. No entiendo de donde viene la idea que las ganancias/perdidas de forex son una ganancia/perdida patrimonial.
No vivo en Espana, pero vivo en otro pais de la comunidad Europea y los codigos tributarios tendrian que ser mas o menos similares.
Hay otro hilo que empezo Haiku en las preguntas a Wizard "Declaracion de la renta.. dudas". Con la respuesta de Wizard , y por curiosidad lei el
codigo tributario Patrimonial de Espana. En el codigo no vi nada que ni remotamente de la idea que las ganancia/perdidads obtenidos por la "transferencia" de "divisas"
pudiera ser considerado como un aumento/disminucion de Patrimonio.

Entiendo perfectamente el deseo de ser responsable fiscalmente, pero simplemente no se podria ligar procedencias por cambio de divisas a cosas patrimoniales. Especialmente haciendolo como individuo particular. Deje una nota en el otro hilo que lo mas probable es que la fiscalia no diga nada si declaras las ganancias y quizas aunque les mandes un estado de cuenta para justificarlas, silencio y ahi queda todo... pero si por alguna razon declaras perdidas, casi de seguro que te la rechazan. El Codigo Patrimonial es muy claro en que es patrimonio. Las cuentas que tenemos con los Brokers NO son Cuentas corrientes, ni de ahorro. (articulo 12) .. ni tampoco son cuantas para operar en mercados "regulados". Forex no es un mercado regulado (Articulos 13, 14, 15) . Favor no cunfundir con lo que los Brokers son regulados... esa regulacion no les cae por operar en forex, sino les cae porque aceptan depositos de terceros y tienen responsabildad financiera si exponen esos depositos a riesgo. Y no tiene nada que ver con que los brokers esten en el extranjero. Si el broker estuviera en Espana tampoco serian consideradas ganancian/perdidas patrimoniales de acuerdo al codigo.

Si como muchos aqui en este foro, le metes manos a otras cosas (de bolsa) como cfd, commodities, o cualquiera otra cosa de mercados regulados.. eso quizas entraria las casillas 340 o 361.. o quizas tambien el interes (swaps) de la cuenta de forex.

Lo mejor seria primeramente leer el codigo tributario.. y luego si quedan dudas preguntarle a un especialista en cosas tributarias... y mucho ojo... porque aunque son especialistas en tributos, si les hablamos de trading, Brokers, etc... sus mentes se van inmediatamente a las cosas de bolsa.

J.
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Re: CUENTAS PAMM

Notapor FXWizard » 04 Jul 2012, 12:01

Hola Jeuro12, no confundamos términos: la compra/venta especulativa de divisas implica una Ganancia o Pérdida de Patrimonio que se debe declarar (hay un incremento/disminución en el patrimonio del sujeto tributario derivado de la compra-venta de un activo, no hay un cambio físico sino una liquidación por diferencias de precios). Y con respecto a los intereses derivados del rollover se les debería recoger en el apartado de Rendimientos del Capital Mobiliario.

Sobre lo de preguntar a un especialista, te puedo decir que yo he preguntado a varios por curiosidad y cada uno me ha dado su versión pero todos coinciden en lo de la ganancia o pérdida patrimonial (aparte de que yo como economista también sé que lo es).

Saludos,
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Re: CUENTAS PAMM

Notapor ANTUA » 04 Jul 2012, 16:29

ahonda...ahonda en la cuestión que estas lanzado :o) ... es broma para la hora de la siesta.

Aún viendo la buena voluntad de Jeuro, creo más en lo que me indica FxWizard. Le podemos dar las vueltas que quieras pero si de esas "transacciones" "compras y ventas de dividas" sale un incremento de patrimonio, ese incremento hay que declararlo (y la pérdida igual y además nos la podemos compensar ese año y los cuatro siguientes si aún sobra)...eso es así y así lo seguiré haciendo.

Pero lo de la 340 o 361 del IRPF español si que me gustaría que alguien "ahondara" :o) en la respuesta.

Lo de preguntar a un asesor, como no lo encuentre en un foro y vea como "respira" ni lo intento, de esto no entienden la gran mayoria y ya he preguntado hablo por experiencia.

Un cordial saludo
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Re: CUENTAS PAMM

Notapor FXWizard » 05 Jul 2012, 18:35

Tal y como dije en este otro hilo:

declaracion-renta-dudas-t5362.html

Ni una ni otra, en mi opinión es más apropiada la 312. No obstante realmente es indiferente donde lo pongas siempre que ese apartado reflejes la ganancia o pérdida para que compute en la declaración.

Saludos,
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