¿Cómo gestionar dinero a terceras personas?

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Re: ¿Cómo gestionar dinero a terceras personas?

Notapor LuKaSky » 08 Ago 2013, 11:43

He estado mirando en internet pero me cuesta encontrar una empresa española que invierta en forex y esté debidamente registrada en territorio español... es más todo lo que leo es sobre sociedades IBC en "sitios exóticos" y cuentas offshore ... ¿Será esa la solución más rentable?.

Qué me decís de esto? http://www.offshorebankshop.com/

Gracias por el aporte xicos, perdonar pero es que en esto estoy un poco "pez". Me encantaría conocer muchísimo más a fondo todo este asunto. :)

Saludos.
LuKaSky
 
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Re: ¿Cómo gestionar dinero a terceras personas?

Notapor BartRoberts » 08 Ago 2013, 17:42

no no Daykoku, Lukasky, mira...

es que el asunto es que no estas registrado en España como tal, por eso es ver una acta constitutiva..por que conozco algunas. Y no necesitas off shore para eso, Un amigo tiene una en Dinamarca y ya tiene años con eso...en UK mas de un amigo, pero vamos a España...

solo a España... DK y UK tienen ley comun y es diferente..

Eres una sociedad X, y puedes comprar platanos, si yo mismo lo he hecho pero no es plan de montarse un despacho aqui en el foro... te digo las directrices basicas... pero todo parte del mismo reglamento del Banco de España, una empresa o persona fisica puede sacar dinero declarado (hasta 9mill de euros, salvo que en algun BOE hayan cambiado esa cifra) sin necesidad de declarar nada acerca de sus operaciones en el extranjero, solo tiene que declarar beneficios en su repatriacion cuando esta ocurra, no existe tiempo definido. La CNMV no pinta nada, por que;

1 no estas tocando valores españoles que si tienen una regulacion aparte en la agencia tributaria pero por que afecta directamente el impuesto patrimonial y tiene su regulacion para evitar pirulas etc etc
2 no tiene jurisdiccion ni lo intenta en valores extranjeros

volviendo a la forma legal, una simple SL puede sacar dinero al extranjero debidamente cumplimentado, esto es solo dinero limpio y poniendo el CIN corresponiente, en este caso...inversion en el extranjero, y no tiene obligacion formal ni de declarar actitivades al Banco de España como te dije mientras no superen los 9 millones de euros de activos propios, facturacion ( apalancamiento no cuenta por que nunca fue un activo tuyo sentable en tus libros, solo tu capital base, ingresos y perdidas) ni con la agencia tributaria, en mi experiencia personal solo me han pedido estractos de las cuentas que tu mismo imprimes por internet. Por lo tanto puedes invertir en platanos o incluso puedes dedicarte a cambiar tus saldos de USD a Eur y viceversa N numero de veces, no podrias? si cobras una factura en USD y te la pasas a EUR por que asi decidiste? es decir OPERAR EN FOREX. Puedes comprar participaciones en una empresa que se dedica a hacer pasteles en el Congo y esta debidamente regulada, pues estas participando de ella igual que de una accion debidamente regulada en el Congo o en el NYSE. No estas tocando el campo legal de la CNMV

Ahora en el caso que planteas... tu no sumas el dinero de los demas...solo el de tu cuenta, los demas tienen que hacer lo mismo a nivel personal, que es EXACTAMENTE LO MISMO que tu hiciste cuando abriste tu cuenta forex en cualquier broker, 1 sacaste tu dinero de España ( si asciende a determinada cantidad debiste hacer la declaracion en el Banco de España, esta es de 12,500 euros) 2 tu broker hizo sus diligencias para antiblanqueo etc etc, sus diligencias no las tuyas 3 todos los brokers tienen formularios para el caso especifico que planteas, yo puedo enviar dinero a Dukascopy pero no para mi cuenta, me preguntan, quien llevara mi cuenta, me preguntan si aun siendo mi cuenta llevare mi propio dinero o el de en 3ero, en caso que sea de un 3ero te pediran sus datos como si el que se abre la cuenta es el, pero de esta forma tu puedes legalmente recibir dinero de 3eros en tu propia cuenta, ese es el punto, de hecho "tu cliente" el deberia abrirsela eligiendo tu cuenta y tu solamente le asesoras, le facilitas el PDF y le dejas un sobre de FEDEX y poco mas...El invirtio en una cuenta forex extranjera y tu solo la operas, otra vez estamos fuera del campo de la CNVM

Luego tu en España solo haces las declaraciones a la hora de repatriar tus propios fondos, ya sea capital o ganancias y su correspondiente a ingresos por la venta de platanos o rendimientos financieros en tu declaracion tambien a Hacienda. Tambien decir que no obliga a repatriacion total, puedes repatriar lo que juzgues conveniente.

El punto que te decia de empresas españolas que hagan lo mismo no va por el lado de la CNVM, sino por el lado de como facturar SERVICIOS DE ASESORIA en el extranjero, pera dejarlo muy fino por si algo sale mal NUNCA TE ACUSEN DE MALA FE, un cliente cabreado por que perdio por ejemplo, pero no por que no puedas hacerlo. En Antequera es famoso un despacho por que todo el que se quiere abrir una cuenta en Gibraltar pero le da miedo ir solo, o no sabe como mover el dinero va a ese despacho por ejemplo, normalmente todo va a AMRO BANK, todo es perfectamente legal, pero imagina que AMRO BANK revienta como una nuez... mas de un cliente acusaria al despacho de "ya saber" lo que iba a pasar... y el tiene que estar blindado, y tu con mas razon...por eso te decia elegir un broker serio... te metes con un notas de Malta y estaras en riesgo siempre, mira lo que paso en Chipre con cuentas grandes...

Y eso por que a fin de cuentas lo unico que haces es llevar cuentas PAMM, y para eso no necesitas nada (salvo declarar al BdE que he comentado antes), lo que mas bien necesitas y me refiero es a BLINDARTE TU, tu persona de posibles movidas futuras con clientes, no con las autoridades que en temas de inversion en el extranjero la ley es muy clara.

El mas tipico caso; este dinero lo invierto en australia por que me da mas intereses

esto va a andorra por que le debia dinero a mi abuelita, el punto basico en todo es la declaracion en Banco de España, nada mas.

Este va a una cuenta X por que voy a comprar barato y a vender caro...


todo eso lo hace muchisima gente a diario, no te cierres a la CNVM, no pinta nada. (lo que si podria pintar pero es un caso absurdo es que desde fuera compres un valor español, eso tendrias que hacerlo a traves de fiduciario pero no viene al caso, aunque tambien hay formas)


por eso y no por otra cosa es que seria interesante ver el acta constitutiva de alguno de ellos, para ver sus blindajes que es lo que te interesa. Yo mismo se los que habria que poner, pero los catalanes no son tontos y no esta de mas ni mucho menos que veas un acta y les copies todo lo copiable.

Todavia la semana pasada me mostraron algo parecido pero lo vi muy cutre, recuerdo una de Barcelona que me llamo la atencion, mirare por ahi si me la tropiezo otra vez y te lo comento.

De ninguna manera te lo digo ni a ti Daykoku de mal rollo, cada quien sabe sus temas pero es totalmente normal estar muy verdes en segun que cosas, todos lo estamos en segun que cosas, pero si te digo Lukasky que lo que quieres hacer es muy facil. Simplemente para que te familiarices con el tema bajate todas las formas legales de Dukascopy para lo que quieres y LEELAS, comprendelas... ya te digo yo que ninguna de ellas esta en contra de ninguna ley, tampoco española.



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Re: ¿Cómo gestionar dinero a terceras personas?

Notapor daykoku » 08 Ago 2013, 20:33

De ninguna manera te lo digo ni a ti Daykoku de mal rollo, cada quien sabe sus temas pero es totalmente normal estar muy verdes en segun que cosas, todos lo estamos en segun que cosas,


Gracias por decirlo tan suave :lol: , pero ya lo digo yo que soy un completo ignorante.

Es muy interesante esto y en un principio me imaginaba algo así, me resultaba casi inexplicable que la CNMV pudiera meterme mano.

Dos cosas:

- NO es más práctico y seguro que el cliente se abra la cuenta en su nombre y te facilite las Keys?
- En cuanto a los honorarios, dices un FEDEX como el que dice un MONEYBOOKER y cia no?

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Re: ¿Cómo gestionar dinero a terceras personas?

Notapor jeuro12 » 08 Ago 2013, 21:27

Hola Bart.
Hay varios puntos en que con absoluta certeza diferimos de opinion.
Mas que nada por por experiencia por tener Corporaciones en USA y Europa.

Es evidente que en Espana y cualquier otro Pais se puede crear un acta constitutiva y ya. Puedes comprar platanos, lechugas, tomates y ademas invertir en forex sin ninguna interferencia de los organismos reguladores como la CNMV.....con el "capital propio" . Incluso si algun conocido pasa dinero en forma particular a la empresa tampoco hay mucho problema.... pero la gran diferencia es cuando se pretende "anunciar", ofrecer servicios" "solicitar" inversores para cosas financieras en cualquier tipo de medios comunicativos como el internet, periodicos, foros etc.

"ESTO" es lo ilegal sin haberse dado de alta con los organismos reguladores... 100% bajo la vigilancia de la CNMV si se esta haciendo desde territorio Espanol. Seguro que te caen y cierran el asunto super rapido.

Nada sirve como safe harbor legal... aunque pongas en el anuncio que no se aceptan Espanoles, o que no se trabaja con intrumentos regulados etc... Nada.

Eso de los PAMMs tambien es complicado... Cualquier Broker respetable te pide que estes bajo regulacion para poder manejar Pams .

Te cuento que cada cierto tiempo, cada Broker con los que tengo cuenta com mi Corporacion Europea, me pide que le ratifique la misma informacion que ya tienen en su registros. ( cosas de cumplir con regulaciones antiblanqueo) Nombres a todos los duenos o acionistas, los representantes legales, y sus domicilios con prueba de residencia...ademas siempre preguntan si el 100% es capital de la empresa... todo porque aunque la corporacion es Europea, tengo ciuidadania Americana. Si por alguna razon no pudiera comprobar que realmente resido en Europa, lo mas probable es que no podria operar.

En resumen, el talon de Aquiles de esto de manejar cuentas de terceros , es el poder ofrecer los servicios abiertamente. Si se hace sin estar bajo regualcion, es penado por la ley. Si se hace privadamente no hay tanto problema a no ser que algun cliente los arme.

J.
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Re: ¿Cómo gestionar dinero a terceras personas?

Notapor BartRoberts » 08 Ago 2013, 21:34

xD

y menos a ti daykoku


no mira, es necesario cumplimentar y declarar que pertenece a un 3ero, si tu operas con las claves de otro es ilegal y podrian cerrarte la cuenta. Una cosa es que operes con la clave de la abuela, pero otra de una 3era persona

con Fedex me refiero en un el caso de que un broker te pida los papeles en original y notariados, es decir; no decirle a tu cliente mira toma esta web y mete tu dinero en tal cuenta cuando te pregunten, osea... apañatelas xD

habria que facilitarle todo, mira estas son las formas, estas las condiciones, etc etc le dejas el documento y tu mismo lo envias... normalmente el perfil de ese tipo de clientes son señoras mayores que no tienen idea de nada, ya depende la imagen que quieras dar y lo honesto que seas, una cosa si es de tomar en cuenta... aparte que tener un miligramo de deshonestidad es totalmente reprobable, y por muy blindada que este tu empresa para imprevistos, si un operador se pone a hacer el cabra con la cuenta puede tener problemas super serios... el set up es facil montarlo, pero el negocio en si no lo es tanto... tienes que cumplir a rajatabla tus condiciones pactadas con tu cliente, de no ser asi es facil caer en incumplimiento de condiciones y/o operacion temeraria de una cuenta de 3eros con su inevitable caida de pelo... por lo tanto debes tener exactamente las mismas condiciones para todos al menos por cuenta, por grupos de clientes... son muchos detalles a considerar todos importantisimos... por ejemplo poner en tus condiciones que X cuenta es para hacer el cabra y el cliente lo acepta, entonces si es valido, aun asi se pueden manejar mil y un situaciones, todo depende de la forma que lo hagas.

todo es relativamente sencillo pero debes estar bien asesorado por alguien que sepa las leyes + tenga buena actitud para saber investigar (un arrogante que cree que lo sabe todo te arruina) + conocimientos profundos de forex y mercados + sea 100% honesto a prueba de todo... complicado que reuna todo eso no? xD

es por eso que le recomendaba estudiarse todas las formas, aplicaciones por ejemplo de Dukascopy que las conozco y son validas todas ellas, (no de etoro y payasos de turno) y por eso es recomendable ademas, mirar el acta constitutiva de alguien que ya este haciendo ese negocio (aunque no me extrañaria que lo hiciera a la bartola sin ningun tipo de prevision) asi como sus cuentas anuales para que mire como hacen su declaracion para pillar algun detalle extra...


saludos
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Re: ¿Cómo gestionar dinero a terceras personas?

Notapor BartRoberts » 08 Ago 2013, 22:37

asi es Jeuro

pero hablando concretamente de España, unica y nada mas de España la cosa es tan simple como la planteo... en cuanto a la forma de captar, es a lo que me refiero con la imagen que quieras dar...

Cuando hablo de Acta Constitutiva, me refiero a ver los blindajes que pueda tener la empresa en cuestion y copiarlos.. ahora que si no los tiene pues trabajar en ello. Tambien es cierto que la gran mayoria de la gente no sabe ni como se come eso... pero como dije, no soy un despacho juridico aunque se perfectamente como hacer lo que estoy diciendo... solo te digo que si tienes una buen blindaje en tu empresa hasta Hacienda se las ve negras para meter mano a esa empresa, es de lo que estoy hablando...

Mezclar las leyes de los paises nunca ha sido buena idea, las Leyes de USA en si tienden a intentar invadir, ganar, suplantar jurisdicciones ajenas, casi siempre via "sus ciudadanos"...es por eso que para evitarse movidas muchas veces una empresa de forex o no, opta por no aceptar nada que sea americano... yo ponia esa leyenda en mis facturas cuando procedia, nada que ver con forex, es obligatorio en Suiza en segun que casos... pero en el caso que comento USA tampoco pinta nada, ni el resto de Europa, estoy hablando unica y exclusivamente de España, de modo que ya es cuestion de que cada interesado organice bien su estructura con leyes reales del marco donde pretende actuar...

y de la imagen que quiera dar

en donde se pueden manejar mil y un situaciones...


1. Se puede montar una simple SL y lo que vendes son participaciones a los inversionistas... en España, no se ni me importa en otro sitio...en España, las SL son conformadas por el total de su capital por participaciones no por acciones, estas se pueden vender y comprar sin restriccion alguna (salvo autoconcurso), es decir puedo comprar y vender, y recomprar esas mismas participaciones en una sola mañana, asi como aumentar o disminuir el capital social de la SL, por lo tanto la CNVM sigue sin jugar. De esta forma cara al broker, siempre trata con una sola personalidad juridica...

Lo anterior mencionado es muy comun para el tipico sacar/repatriar dinero a/de Andorra o negocios reales incluso de este genero...

Incluso la misma SL puede a su vez ser propietaria de otra SL dentro e incluso fuera de España, por citar algunos ejemplos Malta, que no pueden ser tenedoras de bienes pero las ventajas son precisamente para negocios de flujo, por eso es que pululan los brokers en Malta... Madeira, conservas el vies (PT) estando en un paraiso fiscal. Luxemburgo, blindaje...Suiza... si sabes como hacerlo y te aceptan es el mejor de los escenarios, en todos los casos al tu vender tus participaciones de la SL dentro de España y esta ser poseedora de activos y pasivos dentro y fuera de... pasas a ser tenedor legal en proporcion a tus participaciones adquiridas, de vuelta la CNVM, USA y demas, se quedan sin vela en el entierro, solo el Banco de España a quien hay que declarar entradas y salidas.


2. Cuando lo que se quiere es al reves... es decir Invertir en activos españoles y no declarar a fin de año o nunca... la SL directamente esta a fuera y todo es lo mismo pero al reves, en todos los casos tambien se trata con una sola personalidad juridica, estas empresas para el caso de España son comunes en Panama... pero hace tiempo que es mejor buscarse otro sitio por razones obvias... dentro de las opciones patateras Gibraltar sigue sin ser la peor opcion.


3. En España existe la Sociedad Patrimonial, esta puede ser tenedora de bienes, activos, pasivos y empresas dentro y fuera de España... es una estructura para mas dinero y mas pesada no creo ni que venga al caso tampoco, pero sus actividades suelen ser comprar inmuebles de los bancos, alquilarlos y buscar mejores intereses fuera de España, por lo que tenemos otra vez que la CNVM, USA, asi como el resto de Europa, siguen sin pintar una m... en el tinglado.

Solo son 3 ejemplos de muchisimos

La opcion mas facil para el punto que se discute es parecida al punto 1 aunque solo la plantee muy por encima, todo es matizable y vuelven a aparecer ahora dentro de esa, mil y un situaciones que se pueden manejar...

En Dinamarca esa misma opcion la puedes tu mismo hacer por internet, no necesitas ni siquiera de notario para dar de alta y de baja a los inversionistas, con DNI comunitario o no, (quizas a un cliente de Camboya le pongan pegas..) es suficiente para dar de alta y de baja, el procedimiento es parecido al que se hace para dar de alta una cuenta forex, internet mandar documentos y punto. Esto siempre que tengas un titular danes, que a su vez este titular puede ser otra empresa.

En Nueva Zelanda puedes tener un banco con un capital social de 100usd aprox siempre y cuando no te llames "banco"


yo que se, hay mil formas muy faciles de hacer lo que Lukasky quiere hacer para todos los tamaños


me voy a seguir estudiando forex




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Re: ¿Cómo gestionar dinero a terceras personas?

Notapor LuKaSky » 09 Ago 2013, 14:51

Muchas gracias chicos por contestar, aunque pueda parecer sencillo, para mi sigue sin serlo, y más cuando está en juego mucho dinero y cualquier error por falta de conocimiento pueda desembocar en algún conflicto no deseado, me gustaría poder hablar más concretamente de todo esto por skype con vosotros, si no os es inconveniente podríamos tratar estos temas más en profundidad y si quereis podemos tratar algunos temas de forex o de como trabajar los mercados, que en eso "no estoy tan verde" ;) Publicarme vuestros Skypes y os agrego ...

Gracias por todo!!!!!
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Re: ¿Cómo gestionar dinero a terceras personas?

Notapor offshore » 26 Sep 2013, 20:59

Para gestionar fondos de terceras personas necesitan tener una licencia especial para gestionar fondos de terceros, las sociedades GBC1 en Islas Mauricio son propicias para realizar estas operaciones y son relativamente económicas comparado con empresas de la unión europea.
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