algunas preguntas sobre haciendaHola, primero que todo, nunca he hecho una declaración de la renta en mi vida.
1- cuando se hace la declaración de la renta hay que especificar todas las operaciones de compra/venta de pares o simplemente hay que poner algo como: 20/12/13 - 15/04/13: ganancia/pérdida 500€ es que si se reflejan todas las operaciones de compra venta puede que haya que entregarle a hacienda mil páginas. 2- ¿tenéis o sabéis algún sitio donde pueda encontrar un ejemplo de declaración de la renta donde estén reflejadas operaciones con forex? 3- ¿cuál es el concepto bajo el que aparecen las operaciones en forex en la declaración de la renta? 4- ¿hacienda permite que cualquiera pueda ver la declaración de la renta de uno? Muchas gracias, Carmen.
Re: algunas preguntas sobre haciendaHola CarmenDiort, bienvenida al Foro, paso a responder las preguntas que me planteas:
1. Efectivamente debes poner la ganancia o pérdida obtenida, tomando solo en consideración las posiciones cerradas (Balance a final de año - Balance a principio de año). Otra cosa es que Hacienda después quiera explicaciones y te pida el extracto del broker pero de entrada no tienes que mostrarlo. 2. Creo que no hay ningún sitio, pero vamos es simplemente reflejar en la Base Imponible del Ahorro que has ganado o perdido dinero y se sume o reste con los otros rendimientos, no es muy complicado 3. Puedes ponerlo en Otras ganancias o pérdidas patrimoniales (recuerda que Forex no es un mercado organizado por lo que no puedes ponerlo como ganancias o pérdidas en Bolsa) 4. Hasta donde yo sé, nunca (estarían violando la LOPD). Saludos, FXWizard
Re: algunas preguntas sobre haciendaMuchas gracias FXWizard por su contestación. Entonces si las operaciones en Bolsa aparecen en la declaración de la renta como "Otras ganancias o pérdidas patrimoniales" ¿puede alguien de Hacienda saber que vienen del Forex?. Mi preocupación es que el hermano de mi madre trabaja en Hacienda y si le da por comentarle a mi madre que he estado "jugando" con dinero me busco un gran problema. Sé que el tema del Forex es algo un poco más serio que el Póker por ejemplo pero quiero evitar que se enfade.
1- ¿Podría mi tío saber que he hecho operaciones en Forex?. 2- ¿En qué momento es que tengo que pagarle a Hacienda su impuesto y cómo se hace?. ¿Hacienda coge el dinero directamente de la cuenta bancaria o hay que hacerle una transferencia? Saludos, Carmen.
Re: algunas preguntas sobre haciendaA ver lo primero de todo, aclarar que las operaciones de Bolsa aparecen en su correspondiente apartado, no en "Otras ganancias o pérdidas patrimoniales". Con respecto a las preguntas que planteas:
1. Es poco probable ya que simplemente declaras la ganancia, no el origen (no recuerdo si tienes que poner algo descriptivo, pero siempre puedes poner algo como Forex a secas). Además tu tío debería ir expresamente a mirar tu declaración, si no se lo pides no creo que lo haga no? 2. Debes tributar al año siguiente del que se ha producido la ganancia. Pero ojo, no tienes por qué pagar necesariamente, recuerda que esas ganancias se integran con el resto de rendimientos y rentas que hayas obtenido y si estás por debajo de un mínimo, podría salirte a devolver. En todo caso, si tienes dudas sobre fiscalidad puedes visitar la siguiente web: http://www.abanfin.com/?tit=fiscalidad- ... id=ia0adaa En caso de que te salga a pagar, puedes hacer transferencia o dar la orden de que te lo carguen en cuenta. Saludos, FXWizard
Re: algunas preguntas sobre haciendaSegún normativa tributaria española en declaración de impuestos, el sujeto esta obligado a declarar todas rentas mundiales obtenidas. Es decir si un cliente tiene una cuenta bancaria personal fuera de su país de residencia está obligado a declararla e informar a su agencia tributaria que posee dicha cuenta bancaria fuera de su país y facilitarle los beneficios obtenidos ya sea en los mercados forex u otras inversiones establecidas en los mercados, estos impuestos se pagarán en concepto de IRPF.
Cuando se tratan de sociedades offshore el juego tributario puede ser mayor, ya que si una persona tiene una sociedad offshore como por ejemplo en Belice y cuenta bancaria en chipre, la sociedad puede tener perdidas o ganancias, no se puede justificar que la sociedad solamente tiene ganancias y por consiguiente el pago de los correspondientes impuestos, la repatriación de impuestos en las sociedades offshore pueden ser cuando el beneficiario de la offshore quiera y no está obligado a realizarlo anualmente como las personas físicas ya que la empresa puede necesitar dinero para afrontar sus inversiones o compras de productos o servicios
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